martes, 23 de diciembre de 2008

Temporada 2008-2009: Teatro, Musica y Festival del Pan Casero en Mayu

A partir del sabado 20 de diciembre de 2008 y a lo largo del mes de enero, se realizaran actividades culturales de teatro y musica en El Balcon. Detalles de las actividades podran ser obtenidos en el mismo local asi como la compra de entradas ($20).

Otras actividades en el mes de enero en la comuna incluiran la Fiesta Nacional del Pan Casero, una ya tradicional jornada con musica y baile abierta a ls vecinos. Mas detalles en la oficina comunal.

martes, 16 de diciembre de 2008

Histórica reunión marca un nuevo comienzo para Mayu Sumaj

"Hoy empieza una nueva etapa en Mayu Sumaj. Vamos a recuperar Mayu y su río para que este como se encontraba antes", expresó el presidente de la Comuna de Mayu Sumaj, Sr. Flores, al aprobar en reunión de vecinos el pasado sábado 13 de diciembre el primer código ambiental de la Comuna. Fue un momento cumbre de un intenso año de trabajo, durante el cual vecinos junto al jefe de comuna y la asociación ADARSA (Asociación de Amigos del Río San Antonio) han trabajado para lograr un marco que guíe y reglamente el uso de los recursos naturales de la zona. También estuvieron presentes en la reunión distintas fuerzas politicas que integran la comision local, miembros de la comuna y vecinos de Mayu y de San Antonio, el propietario de extensos terrenos frente al río, a quien se pidió tomar medidas drásticas para dejar de explotar la ribera de manera indiscriminada, así como maestras del centro de cuidado infantil local y de un jardín infantil de lugar, quienes esperan poder trabajan con los niños en la concientización del cuidado del medio ambiente.

Se anuncio también la creación de un cuerpo de guardianes ambientales para concientizar y fiscalizar el cumplimiento del código. El presidente de la comuna también pidió que cada vecino fuese implementador y difusor de la nueva normativa la cual es una reglamentación elaborada tomando como marco las leyes nacionales y provinciales.

Extractos del codigo: “Art.1º : Declarar de interés público, a los fines de su aplicación, el presente Código Ambiental, que tiene como fin lograr: educación, concientización, divulgación, protección, vigilancia y sanción, en procura de mejorar el ambiente de la Comuna de Mayu Sumaj.”
Prohíbese la contaminación de efluentes contaminantes de cualquier procedencia que tienda a degradar los suelos y sus elementos constitutivos, superficial o subterráneos.
Art.5º : Prohíbese la contaminación de aguas por vuelcos, descargas o inyección de efluentes contaminantes, y oblígase al tratamiento de los mismos para poder ser arrojados a los cursos de agua descriptos o de los suelos.
Art.6º : Prohíbese toda acción o actividad que degrade o tienda a degradar parcial o totalmente, a individuos o poblaciones de la flora autóctona o exótica, exceptuándose las especies vegetales declaradas plagas o perjudiciales por organismos idóneos.
Art.7º : Recomendar a la población en general, preservar las especies vegetales arbóreas autóctonas que se desarrollen dentro de su propiedad privada y evitar en lo posible la plantación de coníferas. Para ello la Comuna deberá efectuar campañas de concientización, y entregar información al respecto con cada permiso de edificación...
Art. 9º : Prohíbese toda acción o actividad que degrade o tienda a degradar parcial o totalmente, a los individuos de la fauna, exceptuándose los declarados plaga...
Art.16º : Prohíbese en todo el radio de influencia de Mayu Sumaj, la quema total o parcial de pastizales, hojarasca, basuras, residuos de cualquier naturaleza, ramas, limpieza de terrenos con este método, sea en ambientes públicos o privados.
Art.17ª : Prohíbese arrojar los residuos de la poda en la margen del río, costanera o terrenos baldíos, así como su acumulación en la calle. Se recomendará que cada vecino destine un pequeño lugar en su terreno para el tratamiento de estos residuos. Si el vecino decidiera eliminarlos, el transporte de los mismos será a su cargo.
Art.21º : Prohíbese toda acción o actividad temporal o permanente, que produzca ruidos molestos y nocivos que alteren la salud pública y afecten el desarrollo de los ecosistemas animales. Toda actividad musical deberá ajustarse a los horarios y decibeles permitidos.
Art.25ª : Prohíbese el consumo de alcohol en la vía pública o en las playas en todo el ámbito de la Comuna...
Art.39º : Penas. Las violaciones a las disposiciones de esta Resolución, se penarán con multa, clausura temporaria o definitiva, secuestro o decomiso, de acuerdo a un Código de Faltas adicional a esta Resolución. "